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Informe sobre incidentes de violaciones de DD. HH por represión en Cuba Enero - septiembre de 2026.

En contexto:

Durante el transcurso del periodo enero-septiembre de 2026, Cuba continuó operando bajo un entorno político caracterizado por la consolidación de una estructura de partido único y una marcada centralización del poder institucional. En este contexto, el aparato de seguridad del Estado mantuvo una presencia visible y altamente disuasiva en la esfera pública. El foco estratégico se centró nuevamente en la contención rigurosa del disenso político y la prevención de cualquier tipo de concentración o manifestación ciudadana no autorizada. Esta dinámica reafirma un patrón de actuación dirigido al control estricto tanto de las libertades individuales como colectivas, utilizándolas como mecanismo fundamental para garantizar la estabilidad del régimen vigente.

 

A nivel socioeconómico, la situación nacional siguió siendo el factor determinante en la elevación de la tensión social a lo largo del periodo que se analiza. Las fallas intermitentes y recurrentes en el suministro eléctrico, combinadas con una persistente inflación y un desabastecimiento continuo de insumos esenciales, profundizaron las ya difíciles condiciones de vida de la población. Este deterioro sistemático del poder adquisitivo fue clave para detonar nuevos episodios de manifestaciones y reclamos populares en diversos puntos geográficos del país. Ante estos brotes de protesta espontánea, la respuesta estatal se manifestó mediante el despliegue operativo de fuerzas policiales, la restricción selectiva o la interrupción temporal de los servicios críticos de telecomunicaciones e internet, junto con una vigilancia intensificada sobre actores comunitarios y voces disidentes.

 

En este marco contextual complejo, las violaciones documentadas a los derechos humanos registradas durante los últimos nueve meses, reflejan la persistencia alarmante de patrones sistemáticos de coerción contra la ciudadanía y la sociedad civil independiente. Los hechos reportados destacan recurrentemente las detenciones arbitrarias, el acoso y hostigamiento dirigidos a periodistas y activistas independientes, las limitaciones impuestas a la libertad de movimiento, y el incumplimiento reiterado de las garantías mínimas del debido proceso en procedimientos judiciales. El presente informe tiene como objetivo compilar, analizar y sistematizar estos eventos para evaluar la situación actual de los derechos humanos en Cuba, contrastándola con el marco de obligaciones y normas internacionales vigentes.

 

El presente informe muestra diversas violaciones de DD. HH contra la sociedad civil cubana por parte del Estado. La Red de Defensa de los Derechos Humanos (RDDH) ha recopilado y registrado una serie de incidentes de represión en la base de datos, permitiendo esto identificar múltiples violaciones a los derechos humanos.   
El presente informe muestra diversas violaciones de DD. HH contra la sociedad civil cubana por parte del Estado. La Red de Defensa de los Derechos Humanos (RDDH) ha recopilado y registrado una serie de incidentes de represión en la base de datos, permitiendo esto identificar múltiples violaciones a los derechos humanos.   


Al igual que periodos anteriores, algunas personas fueron víctimas en más de una ocasión. En el 7,6 % del total de incidentes fueron afectados grupos determinados de personas.

 

Incidentes de hostigamiento que más se repiten:

Los incidentes de hostigamiento que más se repitieron durante el mes que se analiza fueron: 

●       Discriminación por razones de orientación y/o afiliación política: con 2288 incidentes reportados en este periodo, mostrando aparente disminución de 437 casos comparado con igual periodo de 2025. Seguido de:

●       Ataque a la integridad física y/o mental: con 2184 incidentes reportados, mostrando disminución en 255 casos si comparamos con igual periodo del año precedente.

●       Amenaza o Intimidación: con 1934 reportes, disminuyó en 231 casos en comparación con el periodo de enero - septiembre del año 2025.

●      Acoso y hostigamiento, con un total de 1841 incidentes durante este mes, también exhibió una disminución de 181 incidentes con relación al mismo periodo del año anterior. 

 

 

En el ámbito de las prisiones los incidentes más denunciados son:  

  • Restricción inadecuada o ilegal al acceso de los servicios de salud para las personas privadas de libertad con 153 mostrando un aumento en 9 casos, afectando a 148 presos de conciencia, de estos 57 manifestantes del 11J. Seguido de:

 

  • Reclusión o confinamiento en aislamiento con 170 incidentes, cifra que aumentó ligeramente en 16 incidentes comparado con el periodo enero-septiembre de 2025, 69 contra presos políticos, 31 de ellos manifestantes del 11J. 

 

Este tipo de incidente es de mucha preocupación por el riesgo que sufren para su seguridad las personas en prisión que son además grupos vulnerables, a quienes someten a tratos inhumanos, crueles y degradantes e incluso torturas, según reportes y testimonios que facilitan conocidos, amistades y familiares de las víctimas.


Las autoridades suelen calificar a los opositores pacíficos al gobierno, a los activistas y a defensores de Derechos Humanos de "contrarrevolucionarios." Pero la invocación por parte del gobierno cubano de los intereses de la Seguridad del Estado para controlar la disidencia no violenta por actos tan naturales como el ejercicio de la libre expresión o publicación en redes sociales de problemas económicos o políticos que afectan al ciudadano, constituye un claro abuso de autoridad. En virtud del artículo 29 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, las restricciones de derechos fundamentales sólo se pueden imponer "con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática." Las iniciativas del Gobierno cubano para silenciar a las voces críticas se salen claramente de estos límites.
Las autoridades suelen calificar a los opositores pacíficos al gobierno, a los activistas y a defensores de Derechos Humanos de "contrarrevolucionarios." Pero la invocación por parte del gobierno cubano de los intereses de la Seguridad del Estado para controlar la disidencia no violenta por actos tan naturales como el ejercicio de la libre expresión o publicación en redes sociales de problemas económicos o políticos que afectan al ciudadano, constituye un claro abuso de autoridad. En virtud del artículo 29 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, las restricciones de derechos fundamentales sólo se pueden imponer "con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática." Las iniciativas del Gobierno cubano para silenciar a las voces críticas se salen claramente de estos límites.

 

Derechos más afectados:

  • Derecho a la no discriminación: con 2333 incidentes, disminuyó en 343 casos comparado con el periodo anterior.

La Constitución cubana protege el derecho a la no discriminación, aunque en la práctica las autoridades lo violan indiscriminadamente, mientras que el Estado tiene que garantizarlo como derecho universal y erga omnes[1]. Sin embargo, la discriminación por motivaciones políticas se excluye dentro del catálogo de formas de discriminación que están prohibidas por la ley. Esto permite la discrecionalidad en las decisiones de los funcionarios que deberán decidir si a su juicio esta discriminación es lesiva a la dignidad humana o no. La discriminación por razones de orientaciones y/o afiliación política viola el principio de legalidad, la autoridad abusa de su poder y el Estado le garantiza impunidad.

  • Derecho a la Libertad de pensamiento, conciencia, culto o religión: con 2284 incidentes reportados en este periodo, mostró disminución de 308 incidentes al comparar con enero-septiembre de 2025.

En el caso de la libertad de pensamiento y conciencia culto o religión, reconocidos en los Art. 54 [2] y Art. 57 [3] de la Constitución, son derechos que no admiten restricción alguna y que por tanto no lo pueden restringir ni criminalizar, sin embargo, el estado cubano lo hace continuamente.

  • Derecho a la libertad y seguridad personal.: con un total de 1970 violaciones en el periodo, disminuyó en 221 si comparamos con el periodo enero-septiembre de 2025.  Especificando que de estas 837 (+115) fueron detenciones arbitrarias e ilegales, 171(+49) personas se mantuvieron sitiadas en la vivienda bajo vigilancia y 142 (+21) fueron amenazados por los órganos represivos para restringir su movilidad.

  • Derecho a la Salud con 213 violaciones, en este periodo exhibió disminución en 14 casos.

La negación de atención médica reportó 213 (-14) casos en el periodo, en esta ocasión 173 contra personas privadas de libertad, 148 presos de conciencia entre los que se encuentran 57 manifestantes del 11J. Esto no solo agrava el estado de salud de estas personas recluidas, sino que también viola principios fundamentales del derecho internacional sobre el trato digno y el derecho a recibir atención médica sin discriminación.


[1] Artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

[2] Artículo 54. El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.

[3] Artículo 57. Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la religión de su preferencia, con el debido respeto a las demás y de conformidad con la ley.


El Gobierno cubano mantiene a su considerable población penitenciaria en condiciones por debajo de las normas establecidas y en condiciones insalubres, en las que los presos se enfrentan al abuso físico y mental. Las prácticas penitenciarias cubanas no se ajustan en numerosos aspectos a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas (ONU) para el Tratamiento de los Reclusos, que ofrecen las directrices más autorizadas sobre el tratamiento de presos.

La mayoría de los presos padecen malnutrición, fruto de una dieta insuficiente en las prisiones y languidecen hacinados en celdas sin una atención médica adecuada. Algunos soportan abusos físicos y mentales en general por parte de otros internos o con la aquiescencia de los guardias, o prolongados períodos en celdas de aislamiento. Las autoridades penitenciarias insisten en que todos los detenidos participen en sesiones de "reeducación" política bajo la amenaza de medidas punitivas. En muchas prisiones, las autoridades no separan a todos los presos preventivos de los condenados ni a los jóvenes de los adultos. Los menores de edad se exponen, además, a la detención indefinida en reformatorios, sin garantías del debido proceso ni una sentencia concreta.

Ø  Las fuerzas represivas han incidido en diversos lugares para realizar sus actos represivos representándose gráficamente la mayor incidencia en las prisiones o centros penitenciarios, en el propio domicilio de la víctima y en la vía pública, demostrando el acoso y la vigilancia contante sobre las víctimas.


Víctimas por géneros

De acuerdo con los datos recopilados en la base de datos la RDDH se pudo identificar que de los 2698 incidentes que afectaron a 2493 víctimas identificadas y como ha sido común cada periodo, se registraron más hombres 1726 (64 %) que mujeres 767 (36%).

Es valido resaltar que las víctimas que reportan en este periodo son identificadas según sus vínculos políticos como: Presos políticos 845, (295 presos del 11J), Activistas y defensores de los Derechos Humanos 739, Damas de Blanco 83, periodistas independientes 321, familiares de presos políticos 161. Del total general 699 de las víctimas no tienen vínculos políticos y no pertenecen a ONG alguna.

 De los incidentes de represión reportados en este periodo 431 de las víctimas fueron manifestantes del 11J (295 presos) y 78 son familiares de los manifestantes.

De ese total de incidentes, 689 fueron contra personas que reportan violaciones por primera vez y que son nuevas víctimas.

Según lo reportado éste periodo, un total de 67 (+22) incidentes son de violencias contra la mujer, clasificados 55 como feminicidio. Estos hechos de violencia contra la mujer donde se viola el “Derecho a la Vida” en la que le causa la muerte ha ido en incremento en los últimos periodos y las autoridades han tenido conocimiento del acoso a las víctimas en la mayoría de los casos antes de que ocurra el hecho, y por no gestionarse por dichas autoridades el enfrentamiento a las conductas feminicidas y no existir una ley que proteja a la mujer se obtiene este resultado negativo y lamentable.

 Del total de incidentes reportados en este periodo, el 50,54 % de las víctimas afectadas e identificadas son ciudadanos afrodescendientes, siendo evidente que existe un patrón de discriminación racial por parte del estado.

Provincias más afectadas.

De las 15 provincias que componen el país, todas reportan incidentes de represión en este periodo y las más afectadas son: 

  • La Habana con 1143 reportes, muestra un aumento de  262 reportes comparada con enero-septiembre de 2025, continúa siendo la más afectada acumulando el 42,4 % del total reportados en este periodo. Seguida de:

  • Camagüey con 214 aumentó en 55 incidentes, 

  • Santiago de Cuba con 163 disminuyó en 122,

  • Villa Clara con 141 incidentes disminuyó en 117 y

  • Ciego de Ávila con 131 casos aumentó considerablemente al comparar con el periodo enero-septiembre de 2025.


 

La distribución por provincias en enero-septiembre de 2026 comparado con enero-septiembre de 2025 representado en el mapa:


 

Municipios más afectados:

De los 168 municipios del país 116 reportaron incidentes de represión mostrándose la mayor incidencia en:

A.           Camagüey con 197 es el más afectado el cual aumentó en 60 al comparar con enero-septiembre de 2025, seguido de:

B.           Plaza de la Revolución con 178 incidentes también exhibió un aumento de 90 casos,   

C.           Diez de octubre con 161 incidentes, disminuyó en 25 al comparar con enero-septiembre del año precedente, y

D.           Guanabacoa con 144 y Santa Clara con 120 mostraron disminución de 85 y 43 incidentes respectivamente. En estos 5 municipios está acumulado el 29,7 % del total de los reportes.


 

Conclusiones:

El análisis del periodo enero-septiembre de 2026 revela un patrón estructural y creciente de represión en Cuba, donde el Estado utiliza su aparato de seguridad para neutralizar cualquier disenso en un contexto de grave deterioro socioeconómico. Las cifras documentan una violencia sistemática, con más de 2,000 casos registrados en categorías como discriminación política, ataques a la integridad y actos de intimidación, afectando de manera desproporcionada a la población afrodescendiente y concentrándose mayoritariamente en La Habana. La situación se agrava por el uso de la privación de servicios médicos como herramienta punitiva contra presos de conciencia y la total impunidad garantizada por un sistema judicial subordinado al poder político. Ante este escenario de violaciones coordinadas y la ausencia de garantías procesales, los datos confirman que la represión no es un fenómeno aislado, sino una política estatal consolidada que demanda una atención y observación internacional.

 


 
 
 

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