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Informe sobre incidentes de violaciones de DD. HH por represión en Cuba Febrero de 2026.

En contexto:

Durante el mes de febrero de 2026, la situación de los derechos humanos en Cuba ha continuado bajo un escenario de profunda crisis estructural, donde la precariedad económica se entrelaza con un endurecimiento de los mecanismos de control social. En un contexto marcado por la inflación persistente y el desabastecimiento de insumos básicos, el descontento ciudadano ha sido enfrentado por una estrategia estatal que prioriza la preservación del orden político sobre el ejercicio de las libertades fundamentales. Este informe documenta la persistencia de patrones de represión que afectan no solo los derechos civiles y políticos, sino también los derechos económicos y sociales, en un entorno donde la vulnerabilidad de la población civil se ha agudizado ante la falta de reformas institucionales efectivas.

En el periodo analizado, se ha observado un recrudecimiento en el uso de herramientas punitivas para silenciar el disenso, especialmente en el ámbito digital y en los espacios comunitarios. Las detenciones arbitrarias de corta duración, el asedio domiciliario contra activistas y periodistas independientes, y la imposición de sanciones administrativas bajo normativas de control de contenidos han sido prácticas recurrentes durante febrero. Estos métodos buscan desarticular cualquier intento de organización de la sociedad civil antes de que pueda manifestarse en el espacio público, consolidando un clima de intimidación que restringe de facto el derecho a la libre expresión y a la asociación pacífica, pilares esenciales de cualquier sistema democrático.

Este informe tiene como propósito visibilizar las violaciones registradas y servir como testimonio documental. La ausencia de un sistema judicial independiente en la isla deja a las víctimas en un estado de indefensión legal, donde el debido proceso suele ser sacrificado en favor de juicios con fines ejemplarizantes. Al presentar estas evidencias, se enfatiza la urgencia de que el Estado cubano cumpla con sus obligaciones internacionales y cese la criminalización del pensamiento crítico, garantizando que el ejercicio de la ciudadanía y la demanda de derechos básicos no sigan siendo motivo de represalia, persecución o privación de libertad.

El presente informe muestra diversas violaciones de DD. HH contra la sociedad civil cubana por parte del Estado. La Red de Defensa de los Derechos Humanos (RDDH) ha recopilado y registrado una serie de incidentes de represión en la base de datos, permitiendo esto identificar múltiples violaciones a los derechos humanos.   

Entre el 1ro y el 28 de febrero de 2026 se registraron:

245 reportes de violaciones a DDHH.

   8.75 casos como promedio diario.

  229 víctimas identificadas.

     19 incidentes más que en febrero del año 2025*

       *Debido a la intensa represión y dificultad para denunciar hechos victimizantes, puede que esta cifra tenga un subregistro.

 

Al igual que periodos anteriores, algunas personas fueron víctimas en más de una ocasión. En el 6.98 % del total de incidentes fueron afectados grupos determinados de personas.

 

Incidentes de hostigamiento que más se repiten:

Los incidentes de hostigamiento que más se repitieron durante el mes que se analiza fueron: 

● Discriminación por razones de orientación y/o afiliación política: con 232 incidentes reportados en este periodo, mostrando aparente disminución en 13 casos comparado con el mes de febrero de 2025. Seguido de:

● Ataque a la integridad física y/o mental: con 229 incidentes reportados, mostrando disminución en 15 casos si comparamos con igual mes de febrero del año anterior.

●   Amenaza o Intimidación: con 214 reportes, igual que febrero de 2025,

● Acoso y hostigamiento, con un total de 199 incidentes durante este mes, mostrando diminución de 23 incidentes al comparar con el periodo febrero de 2025. 

 

Los actores de los hechos en este periodo son:

 

·         Oficiales de la Seguridad del Estado vestidos de civil 84, el 34,3 % del total,

·       Agentes de la Policía Nacional Revolucionaria vestidos de completo uniforme 24 (9.8 %),

·         Ambos en conjunto (DSE y PNR); 54 actos represivos el 22 %.

·         Funcionarios de prisiones 29 hechos el (11,8%),

·         Por representantes del poder judicial 18 hechos, el 7.3 % del total.

En todos los casos bajo las órdenes, orientaciones y supervisión de la Seguridad del Estado.

 

En el ámbito de las prisiones los incidentes más denunciados son:  

 

 

Este tipo de incidente es de mucha preocupación por el riesgo que sufren para su seguridad las personas en prisión que son además grupos vulnerables, a quienes someten a tratos inhumanos, crueles y degradantes e incluso torturas, según reportes y testimonios que facilitan conocidos, amistades y familiares de las víctimas.


Las autoridades suelen calificar a los opositores pacíficos al gobierno, a los activistas y a defensores de Derechos Humanos de "contrarrevolucionarios." Pero la invocación por parte del gobierno cubano de los intereses de la Seguridad del Estado para controlar la disidencia no violenta por actos tan inocuos como la expresión o publicación en redes sociales de problemas económicos o políticos que afectan al ciudadano constituye un claro abuso de autoridad. En virtud del artículo 29 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, las restricciones de derechos fundamentales sólo se pueden imponer "con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática." Las iniciativas del Gobierno cubano para silenciar las voces críticas se salen claramente de estos límites.

 

Derechos más afectados:

●   Derecho a la no discriminación: con 239 incidentes, lo que muestra disminución de 20 casos comparado con el pasado mes de febrero del 2025.

●   Derecho a la Libertad de pensamiento, conciencia, culto o religión: con 232 incidentes reportados en este periodo, disminuyó  11 incidentes.

La Constitución cubana protege el derecho a la no discriminación, aunque en la práctica las autoridades lo violan indiscriminadamente. Y el Estado tiene que garantizarlo como derecho universal y erga omnes[1]. Sin embargo, la discriminación por motivaciones políticas se excluye dentro del catálogo de formas de discriminación que están prohibidas por la ley. Esto permite la discrecionalidad en las decisiones de los funcionarios que deberán decidir si a su juicio esta discriminación es lesiva a la dignidad humana o no. La discriminación por razones de orientaciones y/o afiliación política viola el principio de legalidad, la autoridad abusa de su poder y el Estado le garantiza impunidad.

En el caso de la libertad de pensamiento y conciencia culto o religión, reconocidos en los Art. 54 [2] y Art. 57 [3] de la Constitución, son derechos que no admiten restricción alguna y que por tanto no lo pueden restringir ni criminalizar, sin embargo, el estado cubano lo hace continuamente.  

●   Derecho a la libertad y seguridad personal.: con un total de 221 violaciones en el mes, aumentando en uno si comparamos con igual periodo del año pasado.  Especificando que de estas 56 (+28) fueron detenciones arbitrarias e ilegales (28 personas se mantuvieron sitiadas en la vivienda bajo amenazas).  

●   Derecho a la Salud con 12 violaciones y en el mes muestra disminución de 16 casos con relación a igual periodo del año precedente.

La negación de atención médica que reportó 12(-16) casos en el mes, en esta ocasión 9 contra personas privadas de libertad, 6 presos de conciencia entre los que se encuentran 3 manifestantes del 11J. Esto no solo agrava el estado de salud de estas personas recluidas, sino que también viola principios fundamentales del derecho internacional sobre el trato digno y el derecho a recibir atención médica sin discriminación.


[1] Artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

[2] Artículo 54. El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.

[3] Artículo 57. Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la religión de su preferencia, con el debido respeto a las demás y de conformidad con la ley.


El Gobierno cubano mantiene a su considerable población penitenciaria en condiciones por debajo de la norma y en c condiciones insalubres, en las que los presos se enfrentan al abuso físico y mental. Las prácticas penitenciarias cubanas no se ajustan en numerosos aspectos a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas (ONU) para el Tratamiento de los Reclusos, que ofrecen las directrices más autorizadas sobre el tratamiento de presos.

La mayoría de los presos padecen malnutrición, fruto de una dieta insuficiente en las prisiones y languidecen hacinados en celdas sin una atención médica adecuada. Algunos soportan abuso físico y mentales en general por parte de otros internos o con la aquiescencia de los guardias, o prolongados períodos en celdas de aislamiento. Las autoridades penitenciarias insisten en que todos los detenidos participen en sesiones de "reeducación" política bajo la amenaza de medidas punitivas. En muchas prisiones, las autoridades no separan a todos los presos preventivos de los condenados ni a los jóvenes de los adultos. Los menores se exponen, además, a la detención indefinida en reformatorios, sin garantías del debido proceso ni una sentencia concreta.

Ø  Las fuerzas represivas han incidido en diversos lugares para realizar sus actos represivos representándose gráficamente la mayor incidencia en las prisiones o centros penitenciarios, en el propio domicilio de la víctima y en la vía pública, demostrando el acoso y la vigilancia contante sobre las víctimas.



Víctimas por géneros


De acuerdo con los datos recopilados en la base de datos la RDDH se pudo identificar que de los 245 incidentes que afectaron a 229 víctimas identificadas. Como ha sido común cada periodo, se registraron más hombres 152 (66,4 %) que mujeres 77 (33.6%).

Es de significar que las víctimas que reportan en este periodo son identificadas según sus vínculos políticos como: Presos políticos 64, (17 presos del 11J), Activistas y defensores de los Derechos Humanos con 95, Damas de Blanco 12, periodistas independientes 32, familiares de presos políticos con 15. Del total general 64 de las víctimas no tienen vínculos políticos y no pertenecen a ONG alguna.

 De los incidentes de represión reportados en este periodo 28 de las víctimas fueron manifestantes del 11J (17 presos) y 12 son familiares de los manifestantes.

De ese total de incidentes 64 fueron contra personas que reportan violaciones por primera vez y que son nuevas víctimas.

Resaltando de los reportes de este mes un total de 6 incidentes son de violencias contra la mujer mostrando aumento en uno al comparar con igual periodo del año anterior, clasificados todos como feminicidios. Ya se acumulan 7 casos de feminicidios en el presente año 2026. Estos hechos de violencia contra la mujer donde se viola el “Derecho a la Vida” en la que le causa la muerte ha ido en incremento en los últimos periodos y las autoridades han tenido conocimiento del acoso a las víctimas en todos los casos antes de que ocurra el hecho, y por no gestionarse por dichas autoridades el enfrentamiento a las conductas feminicidas y no existir una ley que proteja a la mujer, se obtiene este resultado negativo y lamentable.

 Del total de incidentes reportados en este periodo, el 50,2 % de las víctimas afectadas e identificadas en este periodo son ciudadanos afrodescendientes.

 

 

Provincias más afectadas.

De las 15 provincias que componen el país, todas reportan incidentes de represión en este periodo y las más afectadas son: 

  • La Habana con 77 reportes, mostrando disminución en 5 casos comparada con febrero del año 2025 y continúa siendo la más afectada acumulando más del 31 % del total reportados en este mes de febrero de 2026. Seguida de:

  • Camagüey con 24, aumentó en 6,  

  • Granma que con 22 casos aumentó en 12, comparado con el pasado periodo de febrero 2025.

  • Holguín con 18 que aumentó en 14 incidentes.  



La distribución por provincias en febrero de 2026 comparado con el pasado mes de enero del 2026 representado en el mapa:


Municipios más afectados:

De los 168 municipios del país 46 reportaron incidentes de represión mostrándose la mayor incidencia en:

A.    Camagüey con 23 caso acumula el 9,4% del total de reportes y muestra aumento de 8 al comparar con febrero de 2025 y es el más afectado en este periodo. Seguido de;

B.    Plaza de la Revolución con 22 incidentes registrados, aumentó en 15,

C.    Holguín con 18 aumentó en 15,

D.    Santiago de Cuba con 14 disminuyó en 18, y  

E.     Santa Clara con 13 mostro disminución en 4. En estos 5 municipios está acumulado el 36.7 % del total de los reportes.



Conclusiones

A pesar de una aparente disminución general en los reportes de incidentes, la situación de los derechos humanos en Cuba está marcada por un profundo subregistro debido a la constante amenaza e intimidación ejercidas por agentes estatales, lo que obstaculiza el ejercicio de derechos ciudadanos y la búsqueda de justicia.

 Las violaciones sistemáticas se manifiestan a través de hostigamientos y detenciones arbitrarias, alimentando la autocensura en víctimas y familias. Geográficamente, La Habana, Camagüey y Granma son las provincias más afectadas, mientras que el feminicidio y la violencia de género continúan en ascenso.

Un alarmante porcentaje de víctimas afrodescendientes sugiere la existencia de discriminación racial implícita, exacerbada por la inacción de las autoridades y el incremento del hostigamiento. En este contexto, la aplicación del Dictamen 475/2025, que amplía el delito de sabotaje con penas extremas, evidencia el esfuerzo del Estado cubano por consolidar su control político y económico a costa de los Derechos humanos.

 

 
 
 

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