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Foto del escritorRen en Defensa de los Derechos Humanos

Informe sobre incidentes de violaciones de DD. HH por represión en Cuba Octubre de 2023.

El presente informe muestra diversas violaciones de DD. HH contra la sociedad civil cubana por parte del Estado. La Red de Defensa de los Derechos Humanos (RDDH) ha recopilado y registrado una serie de incidentes de represión en la base de datos, lo que ha permitido identificar múltiples violaciones a los derechos humanos.

De acuerdo con la información recopilada, en la etapa comprendida entre el 1ro y el 31 de octubre de 2023 se registraron un total de 266 incidentes de represión que afectaron 282 víctimas. Es notable que, al igual que periodos anteriores, algunas personas fueron víctimas en más de una ocasión.

Incidentes de hostigamiento que más se repiten:

Los incidentes de hostigamiento que más se repitieron durante el mes fueron:

Violencia o acoso en espacio Físico o digital, con un total de 180 reportes durante el mes que se analiza, 7 incidentes más con relación al mes precedente.

Situación de las personas privadas de libertad con 102 incidentes reportados en el mes muestra un aumento en 15 reportes comparado con el mes anterior. Este tipo de incidente es de mucha preocupación por el riesgo que sufren para su seguridad las personas en prisión que son además grupos vulnerables, quienes son sometidos a tratos inhumanos, crueles y degradantes e incluso torturas, según reportes y testimonios que nos facilitan amigos y familiares de las víctimas.

Detención Arbitraria con 74 incidentes muestras un incremento bien considerable de 28 reportes, comparado con el mes anterior. Al igual que en otros periodos estas violaciones afectan a todo tipo de personas, pero resaltan como los afectados: activistas, opositores, periodistas independientes y otros. Con mayor repercusión se reportó el caso del expreso político Yoandis Montiel “El Gato de Cuba” detenido por gritar “patria y vida” o el de Alexei Chivas Hardy por reclamar derechos esenciales. Este comportamiento de las autoridades implica una violación de los artículos 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Así como el artículo 52[1] de la Constitución de la República de Cuba entre otros.

Negación de atención médica o negligencia, con 28 incidentes de este tipo que aumentó en 5 reportes comparado con septiembre del presente año, predominando al igual que los demás periodos, como lugar los centros penitenciarios y afectando a las personas privadas de libertad que no tienen la posibilidad de obtener este servicio por otra vía, teniendo en cuenta su condición de internos y la obligación del gobierno de prestar dicho servicio médico y de salud, como parte de la seguridad del privado de libertad. Es el caso del preso político Lázaro Yuri Valle Roca recluido en la prisión del Combinado del Este o el fallecimiento de un recluso de 66 años en la prisión de Valle Grande en por no suministrarle el medicamento requerido. En este caso se violan las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela), cuando establecen que: la prestación de servicios médicos a los reclusos es una responsabilidad del Estado. Por ejemplo:

La Regla 24: “Los reclusos gozarán de los mismos estándares de atención sanitaria que estén disponibles en la comunidad exterior y tendrán acceso gratuito a los servicios de salud necesarios sin discriminación por razón de su situación jurídica”.

[1]En el artículo 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se consagra el derecho de las personas a no ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Mientras, en el artículo 52 de la Constitución de la República de Cuba se reconoce el derecho de las personas a la libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.


La Regla 25 dice que: “Todo establecimiento penitenciario contará con un servicio de atención sanitaria encargado de evaluar, promover, proteger y mejorar la salud física y mental de los reclusos, en particular de los que tengan necesidades sanitarias especiales o problemas de salud que dificulten su reeducación”.

Esto se viola constantemente a pesar de que, en el Reglamento del Sistema Penitenciario en Cuba, específicamente en su artículo 70, se establece que: “Se garantiza el cumplimiento de los programas de salud que se aplican en el país, en coordinación con las instituciones de salud de cada área”. Además, se indica que la responsabilidad del órgano de Servicios Médicos del Ministerio del Interior, en coordinación con la Dirección de Salud correspondiente.

Amenaza y Coacción, con un total de 27 incidentes por este motivo sigue siendo un mecanismo ilegal que los funcionarios del gobierno utilizan para reprimir aprovechando del cargo como representante de la autoridad:


Derechos afectados

Igualdad de hecho y derecho a la no discriminación: con un total de 261 violaciones en el mes.

La Constitución cubana protege el derecho a la no discriminación, aunque en la práctica las autoridades lo violan indiscriminadamente. Y el Estado tiene que garantizarlo como derecho universal y erga omnes[1]. Sin embargo, la discriminación por motivaciones políticas se excluye dentro del catálogo de formas de discriminación que están prohibidas por la ley. Esto permite la discrecionalidad en las decisiones de los funcionarios que deberán decidir si a su juicio esta discriminación es lesiva a la dignidad humana o no. La discriminación por razones de orientaciones y/o afiliación política viola el principio de legalidad, la autoridad abusa de su poder y el Estado le garantiza impunidad.

Libertad de pensamiento, conciencia y religión, con 213 violaciones en el mes muestra un incremento de 17 reportes.

En el caso de la libertad de pensamiento y conciencia, reconocidos en los Art. 54 [2] y Art. 57 [3] de la Constitución, son derechos que no admiten restricción alguna y que por tanto no lo pueden restringir ni criminalizar, sin embargo, el estado cubano lo hace continuamente y para lograrlo demostraron que cometen violaciones de Derechos Humanos esenciales si es necesario.

La Libertad de Movimiento se vio afectada en 127 ocasiones, 15 reportes más que en los denunciados en septiembre, a pesar de ser éste un derecho también protegido en el Artículo 52 [4]de la Constitución de la República.

El derecho a un trato digno en condiciones de privación de libertad: fue violado 102 veces en el mes, 4 incidentes más registrados con respecto al mes de septiembre que guardan relación directa con hechos ocurridos dentro de las prisiones y personas detenidas por las autoridades.

[1] Artículo 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. [2] Artículo 54. El Estado reconoce, respeta y garantiza a las personas la libertad de pensamiento, conciencia y expresión. La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos. [3] Artículo 57. Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la religión de su preferencia, con el debido respeto a las demás y de conformidad con la ley. [4] Artículo 52. Las personas tienen libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional, cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.


Víctimas por géneros


De acuerdo con los datos recopilados en la base de datos la RDDH se pudo identificar que de los 266 incidentes que afectaron a 282 víctimas, como ha sido común cada periodo, se registraron más hombres 166 (59 %) que mujeres 116 (41 %).


Provincias más afectadas.

  • La Habana con 73 reportes continúa siendo la más afectada seguida de:

  • Matanzas con 55 que mostro un considerable aumento de 20 reportes comparado con el mes anterior, Mayabeque con 25 que aumentó en dos:

  • Camagüey y Santiago de Cuba con 20 y 19 hechos de represión según correspondan siguen con aumento comparado con todos los periodos anteriores.


Los municipios del país que más reportaron fueron:


A. Camagüey con 20 incidentes:

B. Guanabacoa, Santiago de Cuba y Colón con 19 cada uno, seguidos de:

C. Cárdenas en Matanzas con 17 reportes, (todos estos municipios mostraron aumentos).

Conclusiones


Siguen reportándose violaciones sistemáticas y generalizadas de los derechos humanos por el Estado cubano, a pesar de las reiteradas denuncias. Dichas violaciones se materializan a través de amenazas, hostigamientos y detenciones arbitrarias para sostener el control social y evitar la que las personas se expresen con libertad. La normalización de dichas prácticas que corresponden a una política de Estado autoritario resulta sumamente preocupante por las fatales consecuencias que acarrean. Este mes como en los anteriores se registraron más afectaciones a hombres que a mujeres, dato sumamente alarmante porque continúa siendo un posible indicio de invisibilización de la violencia de género, debido a que las mujeres denuncian menos que los hombres por miedo a una mayor represión.

La Habana sigue siendo la provincia donde más se reprime, y se ha mantenido así durante todo el año lo cual puede ocurrir porque es donde está la mayor concentración de activistas y personas defensoras de derechos humanos en la Isla; en esta ocasión secundada por las provincias Matanzas Mayabeque y Camagüey que cada una de ellas mostraron aumento en este periodo.

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